Artículo 80. Fines.
Artículo 80 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2002-4375
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-26.
Texto consolidado
En el marco de los fines atribuidos al Instituto Madrileño de la Salud, son objetivos prioritarios de sus Centros:
a) La organización integral de las funciones de promoción y protección de la salud, prevención de la enfermedad, asistencia sanitaria, y rehabilitación.
b) La potenciación del trabajo en equipo en el marco de la asistencia sanitaria.
c) La adecuada continuidad entre la atención primaria y la atención especializada.
d) La adecuada coordinación con las Agencias Sanitarias.
e) El acercamiento y la accesibilidad de los servicios a la población.