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Ley Vigente

Artículo 80. Capacidad para celebrar contratos privados con la Administración de la Comunidad.

Artículo 80 de la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del patrimonio de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-21908

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-19.

Texto consolidado

Podrán celebrar los contratos privados regulados en esta ley con la Administración General y las entidades institucionales las personas físicas y jurídicas con plena capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles, o que se hallen asistidas, en su caso, de los medios previstos legalmente para complementarla o suplirla.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-11-19.

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