Artículo 80. Publicidad de las sanciones.
Artículo 80 de la Ley 10/2022, de 23 de diciembre, del tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears. · BOE-A-2023-2979
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-29.
Texto consolidado
1. En el caso de infracciones muy graves, el órgano competente tiene que incluir en la resolución del expediente sancionador que se publiquen en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears» las sanciones impuestas una vez sean firmes.
2. A los efectos de lo previsto en el apartado anterior, se considerará que la resolución es firme cuando, una vez expirado el plazo para presentar recurso en vía contenciosa administrativa, no se haya hecho uso de este recurso; o bien que haya recaído sentencia firme en la vía judicial.