El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 8. Habitualidad y profesionalidad.

Artículo 8 del Real Decreto 813/2023, de 8 de noviembre, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión. · BOE-A-2023-22763

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-11-29.

Texto consolidado

A los efectos previstos en el artículo 129 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, se entenderá que concurre la nota de habitualidad cuando las actividades vayan acompañadas de actuaciones comerciales, publicitarias o de otro tipo, tendentes a crear relaciones de clientela, o se basen en la utilización de relaciones de clientela o interés de otro origen; y se entiende que concurre la nota de la profesionalidad cuando las actividades sean realizadas a clientes en general y de forma remunerada.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-11-29.

Más artículos de Real Decreto 813/2023

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 813/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.