Artículo 8. Recursos administrativos.
Artículo 8 del Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso. · BOE-A-2014-8926
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-08-27.
Texto consolidado
Las resoluciones que dicte el titular de la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Economía y Competitividad podrán ser objeto de recurso de alzada de acuerdo con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
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