Artículo 8. Información almacenada en la tarjeta de movimiento equina.
Artículo 8 del Real Decreto 577/2014, de 4 de julio, por el que se regula la tarjeta de movimiento equina. · BOE-A-2014-8061
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-01.
Texto consolidado
La tarjeta almacenará obligatoriamente la información que establece el anexo I del presente real decreto, y de forma voluntaria aquella que se establece en el anexo II.
Una vez la tarjeta recoja los datos de carácter voluntario, estos deberán ser actualizados de acuerdo con la normativa correspondiente.