Artículo 8. Marco normativo.
Artículo 8 del Real Decreto 352/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica y de su Consejo General. · BOE-A-2025-9151
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-11.
Texto consolidado
1. El Consejo General se rige por las siguientes normas:
a) La Constitución Española.
b) La Ley 2/1974, de 13 de febrero.
c) Los presentes Estatutos.
d) Los reglamentos de régimen interior, normas deontológicas y demás disposiciones o acuerdos de alcance general que se adopten para el desarrollo y aplicación de los presentes Estatutos.
e) En materia de procedimiento regirá supletoriamente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
f) El resto del ordenamiento jurídico en cuanto resulte de aplicación.
2. Los acuerdos, decisiones o recomendaciones de la organización colegial deberán observar los límites de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
3. Las comunicaciones comerciales de los y las profesionales colegiadas se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, y en la Ley 15/2007, de 3 de julio.