Artículo 8. Consejo Interterritorial para la gestión del Plan Nacional de Regadíos.
Artículo 8 del Real Decreto 329/2002, de 5 de abril, por el que se aprueba el Plan Nacional de Regadíos. · BOE-A-2002-8129
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-05.
Texto consolidado
(Derogado)
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 776/2011, de 3 de junio, por el que se suprimen determinados órganos colegiados y se establecen criterios para la normalización en la creación de órganos colegiados en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos..