Artículo 8. Líneas de defensa.
Artículo 8 del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica. · BOE-A-2010-1330
Atención: Real Decreto 3/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El sistema ha de disponer de una estrategia de protección constituida por múltiples capas de seguridad, dispuesta de forma que, cuando una de las capas falle, permita:
a) Ganar tiempo para una reacción adecuada frente a los incidentes que no han podido evitarse.
b) Reducir la probabilidad de que el sistema sea comprometido en su conjunto.
c) Minimizar el impacto final sobre el mismo.
2. Las líneas de defensa han de estar constituidas por medidas de naturaleza organizativa, física y lógica.