Artículo 8. Registro General de Centros de Formación Profesional.
Artículo 8 del Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional establecido por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional. · BOE-A-2023-9045
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-13.
Texto consolidado
1. Antes del 1 de septiembre de 2023 quedará desarrollado reglamentariamente el Registro General de Centros de Formación Profesional, en los términos previstos en el artículo 19 de la Ley Orgánica. El acceso electrónico a este registro estará plenamente operativo antes de la misma fecha.
2. Las obligaciones de inscripción a que hace referencia el artículo 20 de la Ley Orgánica deberán cumplirse o exigirse por parte de las administraciones competentes antes del día 1 de septiembre de 2023.
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