Artículo 8. Subdirección General de Recursos Humanos y Materiales.
Artículo 8 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social. · BOE-A-1997-86
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-07.
Texto consolidado
Compete a esta Subdirección General:
1. La planificación, desarrollo y evaluación de las políticas de formación.
2. La planificación en materia de recursos humanos de la entidad.
3. La ejecución de la política de personal de la entidad y la gestión ordinaria de ésta, así como, en general, todas las funciones inherentes a la administración del personal que competen a la entidad, y la relación con los órganos de representación sindical.
4. La planificación y desarrollo de las actividades en materia de seguridad y salud laboral del personal, así como la coordinación de los servicios de prevención de riesgos laborales.
5. La elaboración de los planes de necesidades de recursos materiales de los servicios centrales, así como el mantenimiento de las instalaciones de los servicios centrales y la gestión de los suministros.
6. La elaboración y mantenimiento del inventario centralizado de bienes, muebles e inmuebles.
7. La gestión de los servicios generales de los servicios centrales de la entidad y su funcionamiento, incluyendo el registro y archivo generales, así como el diseño gráfico del modelaje y la gestión de la imprenta.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-3158.
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