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Real Decreto Vigente

Artículo 8. Atribuciones.

Artículo 8 del Real Decreto 230/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior. · BOE-A-2008-2825

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-02-17.

Texto consolidado

Corresponde a los Vicepresidentes:

a) Sustituir, por su orden, al Presidente en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, ejerciendo las funciones que a éste le están atribuidas.

b) Ejercer las funciones intrínsecas a su condición de miembros del Consejo, con derecho a voto.

c) Desempeñar cuantas otras funciones les sean delegadas por el Presidente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-02-17.

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