Artículo 8. Régimen sancionador.
Artículo 8 del Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria. · BOE-A-2010-4173
Atención: Real Decreto 199/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las infracciones a lo previsto en la presente disposición serán sancionadas en cada caso por las autoridades competentes de acuerdo con lo previsto en la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, y demás legislación aplicable.