El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 8. Suspensión o revocación de la autorización.

Artículo 8 del Real Decreto 1785/2000, de 27 de octubre, sobre la circulación intracomunitaria de medicamentos de uso humano. · BOE-A-2000-19388

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-10-29.

Texto consolidado

Sin perjuicio de la adopción de las medidas previstas en el artículo 106 de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, la Agencia Española del Medicamento podrá suspender o revocar la autorización concedida cuando dejen de concurrir los requisitos exigidos o se incumplan las obligaciones establecidas en el presente Real Decreto, mediante resolución motivada, previa instrucción de expediente, con audiencia del interesado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-10-29.

Más artículos de Real Decreto 1785/2000

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1785/2000 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.