Artículo 8. Órgano competente para sancionar.
Artículo 8 del Real Decreto 1773/1994, de 5 de agosto, por el que se adecuan determinados procedimientos administrativos en materia de telecomunicaciones a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. · BOE-A-1994-19269
Atención: Real Decreto 1773/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para la determinación del órgano competente para la imposición de sanciones en materia de telecomunicaciones se estará a lo dispuesto en la legislación específica correspondiente que, en cada caso, resulte de aplicación.
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