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Real Decreto Vigente

Artículo 8. Coordinación.

Artículo 8 del Real Decreto 1471/2008, de 5 de septiembre, por el que se establece y regula la red de alerta para los piensos. · BOE-A-2008-15042

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-09-17.

Texto consolidado

1. El responsable de la coordinación de la Red de alerta para los piensos es el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, a través de la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos.

2. El Director General de Recursos Agrícolas y Ganaderos será el punto de contacto de la RASFF en España para los piensos.

3. Cada autoridad competente comunicará a la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos el punto de contacto único del sistema de alerta para los piensos, que designe a tal efecto, así como los mecanismos que establezca para garantizar su disponibilidad permanente.

4. En la aplicación informática denominada «Sistema Informático de registro de establecimientos en la alimentación animal» (SILUM) residirán las actuaciones y demás datos que deban compartir los miembros que componen la red de alerta para los piensos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-09-17.

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