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Real Decreto Vigente

Artículo 8.

Artículo 8 del Real Decreto 1220/1977, de 23 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Farmacia de Barcelona. · BOE-A-1977-13080

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1977-06-21.

Texto consolidado

Los Académicos de número usarán como distintivo una medalla de oro numerada, con el emblema particular de la Farmacia en el anverso y el título «Real Academia de Farmacia de Barcelona» en el reverso. Dicha medalla penderá de un cordón de seda de color morado, con trenzado de oro para los de número y sin trenzado para los de las demás categorías. El pasador tendrá las armas de la ciudad de Barcelona.

Las medallas numeradas serán propiedad de la Corporación, confeccionándose a costa de sus propios recursos, y las entregarán bajo recibo a los Académicos Numerarios, siendo devueltas a la Corporación, cuando causen baja.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1977-06-21.

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