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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 8. Categorías de Académicos.

Artículo 8 del Real Decreto 1058/2005, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. · BOE-A-2005-15940

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-11-08.

Texto consolidado

La Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España consta de:

a) Académicos de Número.

b) Académicos Eméritos, procedentes de la categoría de Académicos de Número.

c) Académicos Honorarios.

d) Académicos Correspondientes.

e) Colaboradores Asociados.

La categoría de Académicos de Número constará de 45 miembros. Las demás no tendrán limitación de número.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-11-08.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2017-12797.

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