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Real Decreto Vigente

Artículo 8. Organización de la Dirección General de lo Consultivo.

Artículo 8 del Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General del Estado. · BOE-A-2024-21123

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-10-17.

Texto consolidado

La Dirección General de lo Consultivo se integra por los siguientes órganos:

a) La Subdirección General de Coordinación y Apoyo de los Servicios Consultivos.

b) La Subdirección General de Informes.

c) Las Abogacías del Estado en los departamentos ministeriales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-10-17.

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