Artículo 8. Causas de cese de los vocales.
Artículo 8 del Real Decreto 1029/2002, de 4 de octubre, por el que se establece la composición y el régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información. · BOE-A-2002-20196
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-19.
Texto consolidado
Los vocales cesarán por cualquiera de las siguientes causas:
a) Renuncia.
b) Dejar de concurrir los requisitos que determinaron su designación.
c) Por acuerdo del Presidente del Consejo, previa propuesta de quien la hubiera efectuado para su designación.
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