Artículo 8. Comité de seguimiento y control del Fondo para la financiación de actividades del Plan General de Residuos Radiactivos.
Artículo 8 del Real Decreto 102/2014, de 21 de febrero, para la gestión responsable y segura del combustible nuclear gastado y los residuos radiactivos. · BOE-A-2014-2489
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-09.
Texto consolidado
1. La supervisión, control y calificación de las inversiones transitorias relativas a la gestión financiera del Fondo corresponden al Comité de seguimiento y control, adscrito al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Energía, que, bajo la presidencia de su titular, está compuesto por el Interventor General de la Administración del Estado, el Subsecretario de Economía y Competitividad, el Secretario General del Tesoro y Política Financiera y el Director General de Política Energética y Minas, actuando como secretario el Subdirector General de Energía Nuclear.
2. Las funciones del Comité de seguimiento y control son:
a) El desarrollo de los criterios sobre la composición de los activos del Fondo.
b) Realizar el seguimiento de las inversiones financieras, comprobando la aplicación de los principios establecidos en el apartado 2 del artículo 7.
c) Formular informes con periodicidad semestral, comprensivos de la situación del Fondo y de las inversiones correspondientes a su gestión financiera, así como de la calificación que merezca al Comité, exponiendo las observaciones que considere adecuadas. Dicho informe se entregará a los Ministros de Industria, Energía y Turismo, de Economía y Competitividad y de Hacienda y Administraciones Públicas.
3. Sin perjuicio de lo establecido en este real decreto, el funcionamiento del Comité se ajustará a lo previsto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 102/2014, de 21 de febrero, para la gestión responsable y segura del combustible nuclear gastado y los residuos radiactivos.