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Real Decreto Derogada

Artículo 8. Estación de Mecánica Agrícola (EMA).

Artículo 8 del Real Decreto 1013/2009, de 19 de junio, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola. · BOE-A-2009-11678

Atención: Real Decreto 1013/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Para la caracterización y clasificación de la maquinaria agrícola, incluida en el ámbito de aplicación de este real decreto, la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos contará con el apoyo técnico de la EMA, laboratorio oficial reconocido por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) para la realización de los ensayos de los Códigos OCDE de los tractores agrícolas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-07-16.

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