Artículo 8. Financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 8 de la Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales. · BOE-A-2006-20765
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-12.
Texto consolidado
(Derogado)#df
Esta modificación tiene efectos de 1 de enero de 2018 según establece la disposición final 4 de la citada Orden.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-16136.
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