Artículo 8. Ensayos y ejecución.
Artículo 8 de la Orden ITC/279/2008, de 31 de enero, por la que se regula el control metrológico del Estado de los contadores de agua fría, tipos A y B. · BOE-A-2008-2386
Atención: Orden ITC/279/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El contador deberá superar un examen administrativo, consistente en su identificación completa y la comprobación de que éste reúne los requisitos exigidos para estar legalmente en servicio. Será realizado tomando como base la información aportada por el solicitante en el boletín de identificación establecido en el anexo V de esta orden. Se comprobará especialmente que el instrumento posee la declaración de conformidad y los marcados correspondientes, de acuerdo con lo indicado en el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio y que la información que figura en el instrumento cumple los requisitos indicados en el apartado 7.1 del anexo I de esta orden.
2. Los ensayos a realizar en la verificación después de reparación o modificación serán los indicados en el anexo VI de esta orden.