Artículo 8. Reconocimientos médicos de embarque marítimo.
Artículo 8 de la Orden ISM/1178/2020, de 27 de noviembre, por la que se establecen los precios públicos de determinados servicios prestados por el Instituto Social de la Marina. · BOE-A-2020-15866
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-02.
Texto consolidado
A los reconocimientos médicos de embarque marítimo practicados a personal adscrito a otros órganos o entidades de las administraciones públicas, conforme a las encomiendas de gestión o contratos que se puedan suscribir, les será de aplicación el precio fijado en el anexo de esta orden.
En ningún caso será de aplicación el citado precio a los reconocimientos médicos establecidos en el Real Decreto 1696/2007, de 14 de diciembre, por el que se regulan los reconocimientos médicos de embarque marítimo.
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