Artículo 8. Petición de información y deber de colaboración.
Artículo 8 de la Orden IGD/665/2022, de 11 de julio, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital y se regula su composición y funciones. · BOE-A-2022-11808
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-17.
Texto consolidado
La Comisión Ministerial de Administración Digital, para el ejercicio de sus funciones, podrá recabar cuanta información estime precisa, en el ámbito de sus competencias, de todos los órganos directivos, así como de los organismos públicos adscritos al Ministerio de Igualdad, y de las unidades dependientes de los mismos, que vendrán obligados a facilitarla de acuerdo con la legislación vigente.