Artículo 8. Modificaciones de crédito en los presupuestos del resto de entidades del sector público estatal con presupuesto de carácter limitativo.
Artículo 8 de la Orden HFP/147/2022, de 2 de marzo, sobre documentación y tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros. · BOE-A-2022-3409
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-05.
Texto consolidado
Las modificaciones de crédito en los presupuestos del resto de entidades del sector público estatal con presupuesto de carácter limitativo se regirán por lo dispuesto en su normativa específica y les resultará de aplicación la presente Orden en todo aquello que no se le oponga.
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