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Orden Vigente

Artículo 8. Forma, procedimiento y condiciones generales de presentación del modelo 588.

Artículo 8 de la Orden HAP/2328/2014, de 11 de diciembre, por la que se aprueban los modelos 591 "Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Declaración anual de operaciones con contribuyentes" y 588 "Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Autoliquidación por cese de actividad de enero a octubre" y se establecen forma y procedimiento para su presentación. · BOE-A-2014-12972

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-14.

Texto consolidado

La presentación del modelo 588 se efectuará obligatoriamente de forma electrónica por Internet, de acuerdo con las condiciones generales y procedimiento previstos en los artículos 2, 3, 6 a 9 y 11 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-12-14.

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