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Orden Derogada

Artículo 8. Consulta del estado de tramitación.

Artículo 8 de la Orden EHA/2784/2009, de 8 de octubre, por la que se regula la interposición telemática de las reclamaciones económico-administrativas y se desarrolla parcialmente la disposición adicional decimosexta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, sobre utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en las reclamaciones económico-administrativas. · BOE-A-2009-16480

Atención: Orden EHA/2784/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El reclamante y los interesados debidamente personados en la reclamación podrán conocer el estado de tramitación de la misma a través de la sede electrónica de los Tribunales Económico-Administrativos o por otros medios telemáticos.

2. La facultad descrita en el apartado anterior no se extiende al contenido de los trámites.

3. La identificación y autenticación del reclamante e interesados personados en el recurso o reclamación objeto de consulta o de sus representantes, podrá realizarse por cualquiera de los sistemas de firma electrónicos admitidos, conforme a lo dispuesto en la Ley 11/2007, en la sede electrónica correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-10-17.

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