Artículo 8. Convalidaciones, exenciones y correspondencias.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-22.
Texto consolidado
El alumnado del Bachillerato para personas adultas tendrá derecho al reconocimiento de las mismas convalidaciones, exenciones y correspondencias que el alumnado de estas enseñanzas en régimen ordinario.
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- Ver la norma completa: Orden EFP/824/2023, de 19 de julio, por la que se regula la ordenación de la enseñanza de Bachillerato para personas adultas y se establecen las características de la prueba para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional.