Artículo 8. Normas de actuación de los inspectores fitosanitarios.
Artículo 8 de la Orden de 20 de febrero de 1997 por la que se regula la autorización y el desarrollo de las inspecciones fitosanitarias a efectuar en los almacenes de envasado para la exportación y reexportación a países terceros de vegetales y productos vegetales. · BOE-A-1997-4271
Atención: BOE-A-1997-4271 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La actuación de los inspectores fitosanitarios en las instalaciones de las empresas autorizadas estará regulada de acuerdo con las funciones y atribuciones establecidas en el apartado segundo del artículo 12 del Real Decreto 2071/1993, de 26 de noviembre.
Cuando, como resultado de las actuaciones inspectoras practicadas, se estime que se cumplen las exigencias fitosanitarias del país de destino, se podrá expedir el correspondiente certificado fitosanitario, de acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto 2071/1993, de 26 de noviembre.
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