Artículo 8. Infracciones y sanciones.
Artículo 8 de la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un Plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Golfo de Cádiz. · BOE-A-2016-8052
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-08-27.
Texto consolidado
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente orden se sancionará conforme a lo establecido en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, y en el artículo 105 del Reglamento (CE) nº 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009.