Artículo 8. Contenido de las indemnizaciones y reparaciones.
Artículo 8 de la Ley Foral 9/2010, de 28 de abril, de ayuda a las víctimas del terrorismo. · BOE-A-2010-8617
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-11.
Texto consolidado
Las indemnizaciones consistirán en ayudas que se entregarán por daños físicos o psíquicos sufridos por las víctimas, a éstas o a sus familiares más allegados, personas con relación de afectividad análoga a la conyugal y otras personas que convivan de forma estable con la víctima y dependan de ella, en caso de fallecimiento de la misma. Las reparaciones por daños materiales se entregarán a las titulares de los bienes dañados.