Artículo 8. Los servicios de soporte.
Artículo 8 de la Ley Foral 32/2002, de 19 de noviembre, por la que se regula el sistema bibliotecario de Navarra. · BOE-A-2003-916
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-25.
Texto consolidado
1. Los servicios de soporte se realizan de forma centralizada para la prestación de apoyo logístico y material, asesoramiento y cualesquiera otras formas de asistencia y cooperación a las bibliotecas integradas en el Sistema Bibliotecario de Navarra.
2. Estos servicios prestarán su asistencia y cooperación en ámbitos como la selección de fondos, la adquisición y catalogación de materiales, la coordinación y gestión del catálogo colectivo, la investigación bibliotecaria y la formación permanente del personal, la gestión administrativa y de personal y otros análogos.