Artículo 8.
Artículo 8 de la Ley 9/1997, de 9 de diciembre, de creación del Instituto Cartográfico Valenciano. · BOE-A-1998-243
Atención: Ley 9/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Corresponden al Presidente del Consejo Rector las siguientes atribuciones:
a) La representación máxima del Instituto.
b) Convocar las sesiones del Consejo Rector y fijar su orden del día.
c) Presidir y dirigir las deliberaciones del Consejo Rector.
d) Dirimir los empates con su voto de calidad.