Artículo 8. Especies cazables.
Artículo 8 de la Ley 8/2022, de 24 de junio, de caza y gestión cinegética de La Rioja. · BOE-A-2022-11228
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-29.
Texto consolidado
En las órdenes anuales que dicte la consejería competente se determinarán cuáles de las especies cinegéticas podrán ser objeto de caza en la temporada cinegética correspondiente.