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Ley Vigente

Artículo 8.

Artículo 8 de la Ley 8/1992, de 16 de diciembre, para la determinación de la capitalidad de los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-1993-4195

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-12-29.

Texto consolidado

Se establece en el municipio de Castro Urdiales la capitalidad del partido judicial cuyo ámbito territorial está integrado por el de los municipios de Castro Urdiales, Guriezo y Villaverde de Trucíos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-12-29.

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