Artículo 8.
Artículo 8 de la Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias. · BOE-A-1991-20736
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-11-26.
Texto consolidado
La creación, modificación y supresión de las Consejerías se establecerán por Decreto del Presidente del Principado de Asturias
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2009-1260.