Artículo 8.
Artículo 8 de la Ley 7/1982, de 30 de junio, de Salud Escolar. · BOE-A-2012-5536
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-09-02.
Texto consolidado
Toda falta de asistencia, por enfermedad o accidente, deberá ser comunicada al correspondiente profesor encargado de la tutoría en escrito que, según modelo, se facilitará a los padres, tutores o personas responsables del alumno.