Artículo 8.
Artículo 8 de la Ley 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región de Murcia. · BOE-A-1999-4975
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-16.
Texto consolidado
El Presidente será nombrado por el Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería de Cultura y Educación, oído el Consejo Escolar Regional.