El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 8. Determinaciones vinculantes en la redacción del plan de explotación.

Artículo 8 de la Ley 6/1996, de 9 de julio, de coordinación de los servicios de transportes urbanos e interurbanos por carretera de Galicia. · BOE-A-1996-19261

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-07-19.

Texto consolidado

El órgano municipal competente ajustará la redacción del plan de explotación a lo dispuesto:

a) En la red de transportes de la Comunidad Autónoma.

b) En los instrumentos de ordenación urbana y territorial.

c) En los planes de infraestructuras.

d) En las normas locales de ordenación del tráfico.

e) En las normas estatales, autonómicas y locales sobre protección del medio ambiente, el paisaje y el patrimonio histórico-artístico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-07-19.

Más artículos de Ley 6/1996

En El Vínculo puedes leer Ley 6/1996 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.