Artículo 8. Incorporación al régimen sancionador de la Ley del Suelo.
Artículo 8 de la Ley 5/2012, de 20 de diciembre, de Viviendas Rurales Sostenibles. · BOE-A-2013-1427
Atención: Ley 5/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones previsto en la legislación del suelo de la Comunidad de Madrid, así como su procedimiento.