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Ley Vigente

Artículo 8. Régimen Económico.

Artículo 8 de la Ley 5/2006, de 16 de junio, de Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León y su Consejo General. · BOE-A-2006-12442

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-23.

Texto consolidado

Las Cámaras de la Propiedad Urbana y su Consejo General contarán con los siguientes recursos:

a) Los bienes procedentes de donaciones, herencias y legados.

b) Los rendimientos procedentes de los bienes y derechos que deriven de su patrimonio.

c) Las cuotas de los asociados.

d) Los rendimientos derivados de la prestación de servicios.

e) Las subvenciones y otras ayudas que puedan recibir de las Administraciones Públicas.

f) Las bonificaciones y exenciones fiscales que, en su caso, puedan corresponderles.

g) Cualesquiera otros recursos adquiridos conforme a las disposiciones legales y estatutarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-23.

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