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Ley Vigente

Artículo 8.

Artículo 8 de la Ley 5/1992, de 10 de junio, de creación del Instituto Gallego de Promoción Económica. · BOE-A-1992-22920

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-06-27.

Texto consolidado

El Consejo de Dirección, órgano colegiado de gobierno, estará formado por un mínimo de cinco miembros y un máximo de nueve. Corresponde al Consello de la Xunta, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, su nombramiento y destitución.

El Consejo de Dirección estará compuesto por miembros del Gobierno y Administración autonómica, siendo presidido por el Presidente del IGAPE o persona en quien delegue.

El Consejo de Dirección nombrará un Secretario, que actuará con voz pero sin voto.

Se determinará reglamentariamente la estructura de dicho órgano.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-06-27.

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