Artículo 8. El Profesorado.
Artículo 8 de la Ley 5/1986, de 7 de julio, del Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria. · BOE-A-1986-24580
Atención: Ley 5/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La actividad docente podrá ser impartida a través de los propios medios del Centro, externos o en colaboración con instituciones, organismos públicos y centros oficiales.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1991-10360.