Artículo 8. Responsabilidad por daños.
Artículo 8 de la Ley 4/2017, de 3 de octubre, de protección y bienestar de los animales de compañía en Galicia. · BOE-A-2017-12357
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-11.
Texto consolidado
1. En materia de responsabilidad por daños se estará a lo dispuesto en el artículo 1905 del Código civil.
2. Será obligatoria la contratación de un seguro de responsabilidad civil en los supuestos legal o reglamentariamente previstos.