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Ley Vigente

Artículo 8. Categorías jurídicas de protección.

Artículo 8 de la Ley 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Cantabria. · BOE-A-2006-14083

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-02.

Texto consolidado

En función de los bienes y valores a proteger y de los objetivos de su declaración, los Espacios Naturales Protegidos se clasifican en alguna de las siguientes categorías jurídicas de protección:

a) Parques Nacionales.

b) Parques Naturales.

c) Reservas Naturales.

d) Monumentos Naturales.

e) Paisajes Protegidos.

f) Zonas de la Red Ecológica Europea Natura 2000.

g) Áreas Naturales de Especial Interés.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-02.

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