Artículo 8. Consejos Científicos y de Redacción.
Artículo 8 de la Ley 4/2006, de 19 de abril, del Instituto de Estudios Riojanos. · BOE-A-2006-8718
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-04-26.
Texto consolidado
Se podrán crear los Consejos Científicos y de redacción que sean necesarios en el seno del Instituto de Estudios Riojanos, cuya composición y competencias se determinarán estatutariamente.