Artículo 7. La Dirección Académica.
Artículo 7 de la Ley 4/2006, de 19 de abril, del Instituto de Estudios Riojanos. · BOE-A-2006-8718
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-04-26.
Texto consolidado
1. El Director Académico presidirá el Consejo Académico y como tal tendrá encomendada la coordinación superior en materia de investigación, de actividades culturales y de publicaciones del Instituto de Estudios Riojanos y presidirá el Consejo Académico. Corresponderá al Director Académico la representación ordinaria del IER en actos e instituciones académicas.
2. El procedimiento para su nombramiento y sus funciones se determinarán estatutariamente.