El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 8. Características.

Artículo 8 de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-12101

Atención: Ley 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Cartera de Servicios de Salud Pública será definida de forma detallada, con indicación precisa de las estructuras sanitarias o sociales que deban llevarla a cabo y con los sistemas de acreditación, información y registro normalizado que permitan la evaluación continua y descentralizada.

2. En cualquier caso, los programas de promoción de la salud, educación para la salud y prevención de la enfermedad de base o actuación individual se proveerán por los servicios sanitarios asistenciales, mientras que los de base poblacional lo serán por los servicios de salud pública. Todo ello sin perjuicio de las actuaciones de carácter individual que puedan ser realizadas por los funcionarios sanitarios de salud pública, en el ejercicio de su actividad, especialmente en la actividad de inspección.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-06-24.

Más artículos de Ley 4/2005

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2005 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.